¡Atención! Meter a gente en un grupo de WhatsApp no es legal

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¿Cuántas veces os habéis visto dentro de un grupo de WhatsApp con cientos de personas sin saber muy bien por qué? Como ejemplo, el hilarante hilo de Twitter que hace unos días parodiaba un grupo de WhatsApp del colegio de tus hijos. Pues bien, para tu defensa, esto no es legal. La ley de protección de datos no lo permite y así lo ha dictado un juez tras resolver en contra de un concejal de un pueblo de Valladolid que creó un grupo de información vecinal y agregó a gente sin tener consentimiento. 

El abogado Joaquín Muñoz, del despacho Ontier, ha explicado a Efefuturo que la ley de protección de datos no aplica a los tratamientos de datos personales en el ámbito doméstico, por lo que los usuarios de WhatsApp incorporados a un grupo familiar o entre amigos en los que todos sean conocidos no se verían afectados inicialmente por la resolución.

Otra cosa es que se compartieran en el chat teléfonos de gente que no se conoce entre sí y «además se hiciera para fines informativos, publicitarios u otras actividades profesionales diferentes respecto al objetivo inicial por el cual se solicitaron esos datos personales, en donde se entiende que la ley sí sería aplicable», añade el experto.

Grupos de WhatsApp

Dado que la red social WhatsApp permite incluir a los componentes del grupo sin previo aviso sobre la incorporación al mismo y, por tanto, el afectado se ve inmerso automáticamente en el chat, sí sería aconsejable, por deferencia, que el responsable de su creación informara antes a sus nuevos miembros, incluso en los casos de actividad restringida a uso doméstico ya que, de alguna forma, con esta acción se está comunicando el teléfono de los integrantes del grupo al resto.

El caso es similar al de los correos electrónicos a listas de destinatarios en donde se exige que los correos receptores se incluyan en copia oculta, porque los miembros involucrados tampoco tienen opción previamente para negarse a ser incorporados a la comunicación en grupo.

Con el nuevo Reglamento General de Protección de Datos de la UE que entrará en vigor en mayo próximo, el montante a pagar por infracciones graves en este ámbito puede ascender hasta los 20 millones de euros. 

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