Según el texto las universidades deben pagar un canon en concepto de derechos de autor
En un comunicado, la CRUE puso de manifiesto que las universidades son "agentes muy relevantes en la producción y gestión de derechos de propiedad intelectual" y que se han sorprendido "por algunos de los artículos que afectan directamente a las universidades, en especial la nueva redacción del artículo 32, en su apartado 3" -es el artículo que hace referencia a la compensación a los autores por parte de las universidades-.
Mientras que la CRUE defiende el pago de derechos de autor por parte de las universidades, "siempre y cuando se haga en concepto de derechos de autores realmente gestionados por la entidad de gestión correspondiente", el Ministerio manifiesta que "la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual, adscrita al MECD, permanece como posible solución en el ámbito de la mediación o el arbitraje si las partes aceptaran dicha solución".
La CRUE se ha puesto a disposición del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para trabajar conjuntamente en la mejora del texto y llegar a un consenso coherente con la realidad actual y satisfactorio para todas las partes afectadas.